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Código de Procedimientos Civiles Artículo 97 bis Estado de Tlaxcala


Código de Procedimientos Civiles Tlaxcala
Artículo 97 bis.

La lista de notificación deberá ser fijada diariamente en los estrados del Tribunal o del Juzgado y se retirará al quinto día hábil del mes siguiente; una vez retirada deberá quedar a disposición de las partes para su consulta en la oficina del diligenciario correspondiente, durante el lapso de sesenta días naturales a partir de su retiro y posterior a esa fecha en el archivo del Poder Judicial del Estado.

La lista de notificación deberá contener:

a)Número de expediente;

b)Nombre de las partes;

c)Persona a la que se notifica;

d)La naturaleza del juicio;

e)Extracto de la resolución que se notifique;

f)La fecha en que se dictó;

g)La fecha en que se fija y retira la lista, y

h)El sello, nombre y firma del diligenciario.



Estado de Tlaxcala Artículo 97 bis Código de Procedimientos Civiles
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